Cachaco o
Costeño pero que sirva
Por David Cujiño Peláez
Concejal de Sabanalarga
Sabanalarga
está en la mira de la Dirección de Apoyo Fiscal,
que tan conveniente sería una intervención
financiera.
El
puesto ocupado en el ranking de desempeño fiscal
1033, y el hecho de haber sobrepasado los límites
permitidos por la Ley 617 de 2000, con un indicador
financiero del 87.25 por ciento, han colocado a la
administración del alcalde Carlos Roca Roa en el ojo
del huracán, y a Sabanalarga como noticia nacional
por el mal manejo que se le viene dando a los
recursos que transfiere la nación, a través del
Sistema General de Participaciones S.G.P. y los
ingresos propios del municipio.
Me
voy a permitir hacer algunas observaciones dada la
importancia que reviste el tema y en otras realizare
una explicación con respecto a los indicadores que
se utilizan para determinar las famosas cifras que
en estos días nos ocupan, así mismo debo manifestar
que la información aquí consignada tiene como fuente
las cifras reveladas por el Departamento Nacional de
Planeación DNP y la Secretaria de Planeación
Departamental en su Informe de Viabilidad
Financiera de los Municipios 2008.
Las cifras hablan por sí solas (ver recuadro), en el
año 2008 la administración se desbordo con respecto
al gasto público, es decir gasto más del 80 por
ciento de los ingresos corrientes de libre
destinación en gastos de funcionamiento.
Adicionalmente a ello la Dirección de Planeación
Nacional y la Secretaria de Planeación Departamental
al evaluar los seis indicadores financieros para el
cálculo del desempeño en el ranking fiscal
observaron lo siguiente:
1. Capacidad de autofinanciamiento
del funcionamiento:
Gasto de funcionamiento / ingresos corrientes de
libre destinación
•Mide
la capacidad de la entidad territorial para cubrir
el gasto de funcionamiento de la administración
central con sus rentas de libre destinación, de
acuerdo con los límites al gasto señalados en la ley
617/00.
•Así
mismo es una medida de solvencia y sostenibilidad de
su gasto de funcionamiento
El indicador fue del 87.25%, lo que refleja que el
municipio sobrepaso los limites de 617 en 7.25%
aproximadamente.
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2.
Respaldo de la deuda:
Saldo de deuda total / Ingresos totales
•Mide
la capacidad de la entidad territorial para
respaldar su endeudamiento con los ingresos que
recibe
•Permite
determinar si la deuda total supera o no la
capacidad de pago de la entidad y si compromete o no
su liquidez en el pago de otros gastos, tal y como
lo señala la ley 358 de 1997.
En este caso sabemos que el municipio de Sabanalarga tiene una deuda que supera como el doble
de lo que recibe de ingresos, sin embargo es bueno
aclarar que este indicador no se pudo calcular según
la Secretaria de Planeación Departamental porque el
municipio no reporto deuda alguna.
3. Dependencia de las
transferencias
Transferencias
recibidas de la Nación por SGP / Ingresos totales
•Mide
si las transferencias nacionales son o no los
recursos fundamentales para financiar el desarrollo
territorial.
•No
incluye los recursos de regalías ni de
cofinanciación
El indicador en este caso fue del 80.09%, lo que
representa que el municipio tiene poca autonomía
financiera, máxime cuando los recursos a invertir
provenientes de estas fuentes tienen la mayor parte
de destinación especifica, de igual forma estas
representan 99.33% de los ingresos no tributarios.
4. Importancia de los
recursos propios:
Ingresos
tributarios / Ingresos totales
•Es
una medida del esfuerzo fiscal que hacen las
administraciones para financiar su desarrollo con
sus recursos propios
•Relaciona
la capacidad de los entes territoriales de
garantizar recursos complementarios a las
transferencias
El indicador en al año 2008 fue del 14.24%, lo
anterior demuestra un bajo esfuerzo para generar un
mayor volumen de ingresos propios, como fuente
primaria de recursos para atender los gastos de
funcionamiento de la misma administración.
5.
Magnitud de la inversión
Gasto total en inversión / Gastos totales
•Cuantifica
la magnitud de la inversión que ejecuta la entidad
territorial, respecto del gasto total.
•Por
inversión se entiende los gastos destinados a
incrementar, mantener o mejorar las existencias de
capital físico, así como el gasto destinado a
incrementar, mantener o recuperar la capacidad del
recurso humano vinculado a la atención de sectores
sociales (inversión social).
El valor de este indicador fue del 83.33%, lo que
significa que los gastos de inversión representan el
83.33% de los gastos totales del municipio, siendo
la mayor fuente de financiación los recursos del SGP
y de cofinanciación.
6.Capacidad de ahorro
Ahorro corriente / Ingresos corrientes
•Es
un indicador de solvencia financiera que permite
medir el balance entre el ingreso y el gasto
corriente.
•Permite
determinar el grado en el cual se liberan
excedentes para financiar la inversión, luego de
cubrir el funcionamiento, el pago de intereses de
deuda y las erogaciones de las reestructuraciones
del funcionamiento, pasivos y créditos.
El indicador fue del 22.72%, cifra que no
representa un valor significativo para el
sostenimiento de la deuda, para financiar inversión,
ni para erogaciones de reestructuración
administrativa, ni financiera.
Lo
anteriormente expuesto demuestra claramente, que no
es cierto lo manifestado por la administración
municipal, en el sentido de cargarle toda la
responsabilidad a las anteriores administraciones,
puesto que de los seis indicadores, solo uno hace
referencia a la deuda del municipio, los demás
indicadores tienen que ver única y exclusivamente
con el desempeño fiscal desarrollado por la actual
administración en el año 2008.
Ahora, como lo manifesté en mi intervención en el
Concejo de Sabanalarga, hablar de las pasadas
administraciones, no es óbice para no tener un buen
desempeño fiscal y la prueba de ello es que la
anterior administración realizo bien la tarea. Según
las mismas cifras del DNP, en el año 2007, el
Indicador de Desempeño Fiscal en el municipio de
Sabanalarga fue del 63.53, colocándose en la franja
de desempeño fiscal medio; el lugar obtenido en el
país fue el 474 y en el departamento el puesto
ocupado fue el octavo; frente a las cifras del año
2008 vemos un bajonazo alarmante, el indicador de
desempeño fiscal fue de 42.20 cayendo a un desempeño
fiscal bajo con 21.33 puntos menos; en cuanto al
puesto ocupado a nivel nacional descendimos al
puesto 1033 es decir retrocedimos 559 puestos y a
nivel departamental la cifra es más alarmante al
caer al último puesto. El cuanto al indicador de Ley
617 de 2000, es decir la relación entre los ingresos
corrientes de libre destinación y los gastos de
funcionamiento, el panorama es menos alentador no
solo por sobre pasar el techo del 80% que exige la
Ley, sino también por el hecho de haber incrementado
los gastos de funcionamiento en un 71.44%, ya que en
el año 2008 este indicador fue del 87.25%, mientras
que en el año inmediatamente anterior fue del
50.89%.
Si
la administración municipal no realiza desde ya la
tarea de manera juiciosa seguramente tendremos una
intervención financiera en el municipio con las
correspondientes consecuencias que esto amerita, sin
embargo con el fin de aportar a la causa expondré
algunas de las recomendaciones que a mi juicio deben
realizarse en el corto, mediano y largo y plazo,
para que la gestión se traduzca en una inversión
productiva social y económica, y se cumplan con los
requisitos exigidos por la Ley 617 de 2000:
·Gestión
Tributaria para la generación de ingresos propios
que permitan la autosostenibilidad del municipio.
·Fortalecer
la oficina jurídica con el fin de enfrentar las
arremetidas de embargos que mantienen asfixiados a
las finanzas públicas, realizando un seguimiento y
defensa a los procesos judiciales.
·Racionalizar
el gasto a su máxima expresión, con el fin orientar
esfuerzos de fortalecimiento que permitan acceder a
recursos adicionales por esfuerzos fiscales y
administrativos.
·Adelantar
las gestiones con el fin de que se levante el fuero
sindical a los cincuenta (50) trabajadores que en
estos momentos gozan de él y se encuentran en una
nomina transitoria por ese hecho. De esta manera el
municipio respiraría al deslindarse de una carga
laboral tan fuerte.
·Fortalecer
la oficina de recaudo de impuestos, implementado un
software que fiscalice liquide y cobre lo justo, al
tiempo que no permita la negociación por fuera del
sistema de los impuestos municipales.
·Fortalecer
la oficina de Control Interno y Control
Disciplinario de manera que se establezca un
programa para hacerle seguimiento a los funcionarios
que manejen los recursos de impuestos.
·Crear
un programa dirigido a la comunidad de
concientización y cultura de pago de los impuestos
municipales.
·Aplicar
normas de disciplina fiscal y presupuestal adoptando
herramientas de planeación financiera, con el fin de
eliminar el riesgo de adelantar compromisos sin
respaldo en caja.
·Implementar
un programa de recuperación de cartera en los
términos de la Ley 1066 de 2006, que incluya el
cobro persuasivo por encima del coactivo; es mejor
invitar y convencer a pagar, que obligar.
·Y
por último y considero la más importante de las
recomendaciones aprovechar las facultades que le
otorgo el concejo de Sabanalarga para adelantar un
proceso de Ley 550 y comenzar de manera inmediata el
proceso de reestructuración de pasivos y no esperar
que se le venzan dichas facultades.
No
quisiera terminar mi escrito sin explicar el porqué
del titular. Con todo lo expuesto no creen ustedes
amigos sabanalargueros que la intervención
financiera planteada recientemente por la doctora
Ana Lucia Villa directora de la Dirección de Apoyo
Fiscal –DAF del Ministerio de Hacienda en los
términos del decreto 028 de 2008, de continuar la
misma situación en nuestro municipio, es mejor que
vernos forzados a fusionarnos o anexarnos a otro
municipio, que en nuestro caso entiendo seria a
Baranoa. Finalmente el decreto es claro y lo que
pretende
es garantizarle a la población los
servicios de salud, educación, agua potable,
saneamiento básico y propósito general, que es
cultura, deporte y recreación. La intervención lo
que busca es quitarle el manejo de los recursos por
concepto del Sistema General de Participaciones al
alcalde que no sepa administrarlos bien, una vez se
normalice la situación y se cumpla con lo exigido en
la Ley se retorna a la normalidad. Es Obvio que
desde el punto de vista político esta situación no
le es conveniente a mandatario alguno, pero al
pueblo poco o nada le debe interesar esta situación,
si a cambio se va tener un buen servicio de salud,
si el acceso a la educación se garantiza a todos sus
habitantes, se cuenten con unos excelentes servicios
públicos y la calidad de vida de todo el
conglomerado mejore. Señor alcalde si no se hace
bien la tarea nos rajamos, y seguramente dentro de
poco veremos cómo ordenador del gasto en Sabanalarga
a un interventor rolo, nombrado desde la fría
capital.
Como última reflexión quisiera decirles algo, ¿que
sería mejor? Un ordenador del gasto cachaco, lo
que no difiere mucho del actual, pero que maneje
bien los recursos y garantice seguir siendo el
municipio de Sabanalarga ó por el contrario seguir
en las que estamos con la posibilidad de perder la
vida institucional como municipio. Aquí cobra
vigencia un escrito que el actual burgomaestre en
sus años de columnista en un Periódico de
circulación local titulo “CACHACO O COSTEÑO PERO QUE
SIRVA”…
DESEMPEÑO
FISCAL |
AÑOS |
2001 |
2002 |
2003 |
2004 |
2005 |
2006 |
2007 |
2008 |
Indicador del Desempeño Fiscal |
55,4 |
51,6 |
24,28 |
57,56 |
53,75 |
59,67 |
63,53 |
42,2 |
Lugar en el País |
382 |
838 |
1069 |
490 |
872 |
502 |
474 |
1033 |
Lugar en el Departamento |
5 |
13 |
23 |
5 |
8 |
8 |
8 |
23 |
INDICADOR DE
LEY 617 DE 2000 |
AÑOS |
2005 |
2006 |
2007 |
2008 |
RELACION ICLD/GF |
77,76 |
74,86 |
50,89 |
87,25 |
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