Lo que usted debe saber
Por Ismael Álvarez Caballero
¿De verdad alguien puede creer con sinceridad que sería posible liberar a Sabanalarga de la politiquería sin emprender un gran proceso cultural de construcción o de reconstrucción del Municipio con un movimiento independiente y democrático de dignidad, de respeto por los otros, una inversión generosa y original en caminos creadores de verdadera convivencia?
Pero para eso no basta odiar a los malos, es necesario amar al pueblo ¿AMAR? oigo decir con sorna a muchos candidatos, mientras cargan sus arcas de dineros de esos pueblos.
Exigencias
a la
Administración
Con
relación
a la
Ley
de
Habeas
Data
y al
Cobro
que
le
hace
el
Consorcio
Bioger
Sabanaseo
a
los
usuarios
y al
Municipio
el
cobro
de
subsidio
sin
prestar
el
servicio
se
le
exige
al
señor
Alcalde
y a
Sabanaseo
que
le
de
cumplimiento
a
esta
Ley
para
que
retiren
de
su
Base
de
Datos
a
estas
personas
que
le
han
solicitado
su
desvinculación
a
Sabanaseo.
Para
esto
nos
fundamentamos
en
lo
siguiente:
¿Qué
es
la
Ley
de
HABEAS
DATA?
(Ley
1266/08)
Se
trata
de
un
recurso
y un
derecho
que
tiene
cualquier
ciudadano
para
exigir
a
quien
maneja
y
administra
sus
datos
personales
(Entidades
Públicas
y
Privadas)
el
debido
uso
de
dicha
información,
consagrado
en
el
Art.
15
de
la
Constitución,
que
ampara
el
derecho
de
las
personas
a
conocer,
actualizar
y
rectificar
la
información
que
sobre
ellas
reposa
en
bases
de
datos.
Sobre
todo
sí
existe
fundamento
cuando
la
persona
ha
solicitado
el
retiro
de
su
base
de
datos,
particularmente
en
Sabanaseo
por
el
cobro
de
un
servicio
que
no
presta
a
los
usuarios,
si
cobra
y el
municipio
paga
el
valor
del
subsidio
por
ese
servicio
facturado
por
la
Triple
A
pero
no
prestado.
Es
una
exigencia
al
Alcalde
por
parte
de
los
usuarios
afectados.
Los
embargos
Con
esa
actitud
de
posudos
que
son,
llegan
a
los
cargos
con
un
gran
déficit
económico
de
tipo
personal
y
familiar
que
pretenden
resolver
sus
deudas
con
los
fondos
públicos.
Les
importa
poco
si
violan
la
Ley
en
el
régimen
de
inhabilidades,
convirtiéndose
en
un
leguleyo
de
mano
maestra,
por
lo
que
es
factible
que
una
Entidad
Pública,
Semipública
o
Privada
embargue
al
Municipio
es
entendible,
pero,
que
el
Alcalde
de
ese
Municipio
esté
debiendo
y
después
de
posesionado
sea
embargado,
con
dos
(2)
o
tres
embargos,
COMO
DEUDOR
PRINCIPAL,
no
es
ético
ni
legal
porque
el
día
de
su
posesión
1 de
Enero
del
2008
(Acta
de
Posesión
Nº.01)
ANTE
EL
Notario
Público
Dr.
VICENTE
CARLOS
BERDUGO
CUENTAS
(Hoy
ex –
Notario)
hizo
el
siguiente
juramento:
“Juro
a
Dios,
promete
al
pueblo
cumplir
fielmente
la
Constitución,
las
Leyes,
las
ordenanzas
y
los
acuerdos?
Contestó
Si
juro,
si
así
lo
hiciere
Dios
y la
Patria
te
premie,
sino
te
castigue”
de
igual
manera
rinde
declaración
ante
el
mismo
ex –
notario
declarando:
No
estoy
inhabilitado
ni
tengo
antecedentes
disciplinarios
en
mi
contra
ni
he
sido
sancionado
por
la
Procuraduría
General
de
la
Nación,
lo
que
parece
falso,
puesto
que
le
mintió
al
pueblo
y
viola
supuestamente
el
Régimen
de
Inhabilidades.
Como
tampoco
es
correcto
que
un
funcionario
de
su
gabinete
embargue
al
Municipio
y
siga
laborando
como
si
nada,
es
el
apaga
y
vámonos.
De
esto
damos
cuenta
de
los
embargos
siguientes:
En
la
actualidad
ese
Burgomaestre
afronta
un
embargo
por
$
22.500.000.oo
por
la
Inversora
Pichincha
S.A.
procedente
del
Juzgado
Séptimo
Civil
de
Bogotá
D.C.,
en
la
cual
le
descuentan
la
quinta
(5)
parte
de
su
sueldo
equivalente
a la
suma
de $
404.823
de
un
proceso
ejecutivo.
Se
constata
en
la
nomina.
Ya
antes
había
pagado
otros.
Hoy,
el
municipio
es
embargado
por
el
Hospital
Departamental
del
Atlántico
por
la
Bicoca
de $
1.075.000.000
por
servicios.
Que
no
se
diga
ahora
que
cuando
se
firmó
la
escritura
del
terreno
donde
por
muchos
años
ha
funcionado
este
Hospital
(1949)
era
para
ser
agradecido
y
eso
formó
parte
del
acuerdo,
o en
últimas
es
una
persecución
política.
Lo
que
el
pueblo
quiere
que
le
diga
tanto
el
Hospital
como
el
Alcalde
desde
que
fecha
es
esa
deuda
y
porque
hasta
ahora
se
sabe.
Esa
debió
arreglarse
antes
de
conciliar
lo
de
INGOS
Ltda
en
el
Tribunal
por
más
de $
800
millones,
la
de
COOSALUD
y la
conciliación
que
se
hizo
en
Bogotá
con
CAPRECOM
¿De
cuánto
es?
Lo
que
no
deja
ver
la
política
El
gobierno
expidió
el
Decreto
4976
de
fecha
23
de
Diciembre
del
pasado
año
para
liquidar
los
contratos
con
las
EPS,
por
motivo
de
la
Emergencia
Social.
Los
contratos
que
se
liquidaran
serán
aquellos
suscritos
antes
del
1 de
Abril
de
2008.
De
no
liquidarse
dentro
de
los
10
días
siguientes
al
vencimiento
del
término,
las
EPS
se
la
presentaran
al
Municipio
dicha
liquidación.
De
no
hacerlo
operará
el
giro
directo
a
las
EPS,
lo
que
significa
castigo
para
los
municipios.
Lo
que
no
deja
captar
la
política
es
los
posibles
remanentes
de
estas
liquidaciones
y
que
al
parecer
un
jefe
político
pretende
apropiarse
para
utilizar
en
la
próxima
campaña.
Siempre
se
oculta
algo.