Nuevas modalidades
Por
Ismael Álvarez
Por
tratarse de un asunto de Agenda Pública,
vemos con preocupación la aparición de
nuevas modalidades par asaltar al fisco
Municipal, lo que pone en más riesgo, de
lo que están, su viabilidad financiera.
Estas
nuevas modalidades solo sirven para
esconder actividades indebidas o
abiertamente fraudulentas que
contribuyen, amenazan y
deterioran, aún
mas, las finanzas públicas locales.
Entre estas tenemos:
Mala
contabilización del gasto público,
contratación con particulares, el cobro
del impuesto predial, prohibidos por
ley, mala contabilización de los pasivos
en sus balances generales . sentencias
de Jueces, que aplican oficios de
embargos no a los procesos sino a las
distintas cuentas y recursos (del SGP y
propios) del municipio que los obligan a
pagar enormes sumas por prestaciones de
servicios, que algunos son difíciles de
probar, o a lo sumo, le han hecho abonos
por remates de otros proceso cancelados,
funcionarios y Asesores que no
excepcionan ni aplican la norma sobre el
porcentaje de embargos e
inembargabilidad. Realizar
conciliaciones que no le dan de baja al
proceso conciliado ó en su defecto se
concilie directamente con el
administrador, mal registro, diario, de
ingresos y egresos . traslados de
recursos municipales a cuentas
particulares o también opera el traslado
de recursos de destinación especifica
(convenios) para pagar gastos de
funcionamiento. La falta de adición o
incorporación de dineros a los
presupuestos transferidos por regalías,
calidad educativa y otros, que se
esfuman.
Efectuar
convenios y/o acuerdos de pago que no
cumplen (caso: ISS, IGAC, SENA, ICBF
etc) ó como el caso especial del acuerdo
en el Banco Agrario (antes Caja Agraria
)donde el municipio le toca pagar mas de
lo que debe y terminan demandando y
embargando sus cuentas y recursos, falta
de un sistema propio de información .
comprometer vigencias futuras con las
CESIONES Y CONCESIONES (Alumbrado
Público, Amoblamiento urbano, Aseo y
otras) sin tener disponibilidad
presupuestal.
El no
registro y cumplimiento de pagos por
seguridad social (salud, pensión,
cesantías, etc) siendo descontados de
los sueldos, que solo se contabilizan
cuando toca pagarlas por acción
judicial. Y, aún, a veces ni así. La
falta de la nivelación salarial
oportunamente con el salario mínimo, lo
que inhabilita a los empleados a
realizar transacciones comerciales y
económicas con entidades pertinentes. En
fín, los gastos se registran por caja y
no por caución . contrataciones en el
sector salud, régimen subsidiado, con
IPS sin estar habilitados y de
interventoria, a los contratos sin
cumplir los requisitos la venta del PAB
y salud pública a particulares.
Estas y
otras acciones constituyen una macabra
corriente subterránea que crean una
nueva bomba fiscal, que pone en riesgo a
las regiones . ¿A quien le preocupa, lo
que es hoy?.
Una sola
verdad: Estas nuevas modalidades lo que
hacen es violentar, de fondo, el
principio básico de la contabilidad: El
de registrar los gastos cuando se causan
y no cuando se pagan. Uno no se explica
que papel desempeña , que evalúan y que
controlan entidades, como: Planeación
Nacional, Contaduría General,
Contraloría General sobre los dineros
públicos. Tal, como han estado y van las
cosas, dicho cotidianamente, es un
atraco al Físico.