HOJA DE RUTA
II
Una chequera sana
Como
quiera que la prioridad uno A, es la de tener una chequera sana, el
tema del saneamiento financiero de Sabanalarga es los definitivo
para enderezar el camino, el rumbo, para la puesta en marcha de
cualquier otro proyecto o programa o plan en sumo cualquier otra
estrategia que se diseñe pensando en el futuro de la Sabanalarga que
anhelamos. De modo que este sería el compromiso, creo que no sería
exagerado decir que si no se recupera este sector, todos los demás
esfuerzos, planes y proyectos no pasarían de buenas intenciones como
ha sucedido hasta ahora con los LEGOS de las administraciones que
han pasado, sin los más mínimos conocimientos y sin entender la
realidad la cual intentaban transformar. No se puede así.
Para esto hay que organizar el establecimiento y
paralelamente modernizar su estructura administrativa – ya obsoleta-
y condenada al fracaso, pues bien, entonces:
Lo que se debe saber
La administración debe saber y establecer con qué activos cuenta,
cuántos son sus ingresos reales y su destinación definitiva. Sus
costos y gastos que genera deben hacerse de acuerdo a lo establecido
al iniciar la vigencia, de acuerdo al plan de inversiones y
cronogramas trazados. Estos dos elementos sino son considerados en
profundidad es lo que ocasiona, desde ya ha ocasionado: el déficit
fiscal, el cual se origina cuando al terminar la vigencia los
compromisos adquiridos o recursos comprometidos son mayores a los
ingresos, o Saldos de cuentas, recaudados o adicionados que no
alcanzan a cubrir la obligación adquirida. Veamos algunos aspectos.
Los ingresos proyectados (presupuestado) a 1º de
enero no se recaudan en su totalidad.
Los ingresos se gastan (¿invierten?) en asuntos o
cosas distintas a los compromisos, esto es, de acuerdo a lo
aprobado o no aprobado en el presupuesto de gastos (Ej: pago o cobro
de bonificación por dirección al alcalde) ver decretos a la
medida.
Dependencia absoluta de las transferencias, por
insolvencia tributaria.
Los recursos de transferencias (ley 715 SGP) que son
de destinación específica resultan embargadas en un porcentaje de
30% y hasta 100% y esto afecta lo presupuestado en los sectores de
salud, educación y desarrollo humano, frenando la meta de lograr la
Misión del Municipio.
Es necesario que existan informes debidamente
actualizados en las dependencias que conforman la administración
con el fin de establecer: a) la deuda real, b) pasivo
real, c) cuentas por pagar de vigencias anteriores
debidamente actualizadas, |
|
d) tener conocimiento real, veraz y
actualizado de los embargos, sentencias judiciales, conciliaciones,
transacciones, laudos arbítrales y contrataciones sin cumplir.
También es importante conocer cuales son las activos (patrimonios)
entregados sin ningún beneficio para el municipio y como
recuperarlos.
Así mismo quiero en
esta hoja de ruta plantear algunas salidas a la crisis (sin foros,
sin tanta alharaca, sin meterse en un callejón sin salidas como la
ley 550), que debido a la omisión y negligencia de los
administradores que han permitido el saqueo de las arcas
municipales generando atraso, pobreza y miseria porque el motor de
la maquina del tren del desarrollo no funciona por lo que propongo
las acciones, diligencias y estrategias para un verdadero
conocimiento de LO QUE SE DEBE HACER:
-
Organizar procesos:
a través de requerimientos, solicitarle a las entidades
bancarias, Ministerio de Hacienda, de Protección Social, Terpel,
Promigas, etc. Los oficios y/o relación detallada de las
comunicaciones enviados por los juzgados y/o tribunal por medio
del cual se autoriza el embargo de los recursos.
-
Depurar la información:
recibida la información de todos y cada uno de las entidades se
procede a organizar y ubicada por Juzgados tribunal y se
determina el universo de los procesos, para establecer: cuales
se han pagado, con cuál recurso, en qué fecha, cuánto ha sido el
capital, moratorios, costas, horarios, o sea mirar que proceso
está repetido, las veces que ha pagado.
-
Establecido el universo:
(depuración), se hace la solicitud al juzgado o tribunal de
revisión de los procesos y se constata la situación real si ha
habido pagos o abonos si hubo remanentes a que otro proceso se
aplicó o existió devolución y/o desembargos, a que cuenta se
consigno. Es decir que destinación final se le ha dado a estos
recursos, remanentes y desembargos.
-
Certificación del juzgado tribunal:
en el evento que el proceso se terminó se solicita la
liquidación del crédito y/o el acta de transacción y la
certificación por parte del juzgado o tribunal y enviada a cada
una de las entidades donde se radicó el oficio de determinado
proceso y así se suspenda la medida. Además las entidades
giradoras de los recursos se le debe aclarar que apliquen el
embargo al número de procesos y no al número de oficios
recibidos.
-
Informe definitivo:
el informe debe ser remitido a: Alcaldes, Oficina Jurídica,
Secretaria de Hacienda, Tesorería, Contabilidad, Recursos
Humanos, Secretaria de Obras y/o Planeación, Archivo.
Es importante
establecer de los ingresos realmente recibidos. ¿A cuanto
ascienden los recursos embargados?
-
¿Cuántos de los recursos aprobados y destinados para
el plan de inversiones son afectados por los embargos?
-
¿Cuánto se paga a los asesores?
-
Establecer la relación de costo/beneficio
-
¿Cuánto se paga por intereses moratorios?
-
¿Cuánto se pagó por honorarios? Costas.
-
Notificar a los beneficiarios – que sus obligaciones
fueron canceladas total y definitivas, indicando fechas de pagos,
números de titulo, valores cancelados debidamente recriminados
(capital, intereses moratorios, honorarios, etc.), denominación de
los recursos, entidad bancaria (fuente).
-
Unificación de códigos:
para mayor y mejor manejo de los recursos se
hace necesario establecer una unificación de códigos
presupuestales y contables al interior del municipio y de la
administración Departamental para que contribuya con el
desarrollo y crecimiento de los municipios.
-
Cumplimiento a la norma:
teniendo en cuenta el incumplimiento que ha existido – aun
existe- al artículo 82 de la ley 136/94 y con lo establecido en
el artículo 305 de la Constitución Nacional al aprobar acuerdos
municipales facultando a los alcaldes.
-
Recopilación de la información:
teniendo toda la información (documentación) recogida en esta
propuesta surge entonces la posible solución de cualquier
pasivo, mediante lo siguiente:
Accesos al desembolso
de los recursos del Fondo y estabilización petrolera – FAEP, para
pago de cualquier pasivo, para lo cual es necesario conocer la ley
633 del 2000 y la ley 781 de 2002 que establecen los conceptos
susceptibles de pagos con dichos recursos (previo lleno de
requisitos), corresponde, pues, al ordenador del pago establecer la
prioridad para el pago.
Pasamos entonces a LO QUE NO SE HA HECHO y LO QUE SE
DEBIÓ HACER: esto es lo que no ha manejado el “flamante” grupo
económico o el mandatario de la también “flotante” Gestión
Nacional hasta ahora solo es meras buenas intenciones colectivas,
pero, si buenas para él y su clan. Únicamente habla de la ley 550
que hoy es la ley de insolvencia económica, lo que nos conlleva a
interpretar que si somos insolventes debemos y tenemos que ser
intervenidos por el estado o fusionado a otro municipio.
Claro está que si hubiésemos tenido buenos
administradores y una organizada oficina de finanzas publicas y
enviado la información de manera oportuna y verídica, de seguro, que
hubiésemos dado con la clave, la que consistiría en.
Para que las entidades
puedan tener acceso al pago de pasivos y deudas estas deberán
acreditar lo siguiente:
-
Constituir las reservas presupuestales (RP) y
enviarlos a la Dirección General del Presupuesto Nacional antes
de la vigencia siguiente
-
Esto con el fin de que esta relación, sean
registrado en sus sistemas de información y sean pues las
disposiciones de la Dirección General del Tesoro y de la
Contraloría General de la Republica para lo de su competencia,
esto ha sido siempre el temor y lo que ha causado perjuicios a
la comunidad, por estar ocultando con el tapen, tapen, que lo
logran con los dineros que le dejan en los saldos de las cuentas
corrientes y títulos valores o de convenios.
-
estas reservas presupuestales (RP) se deberán (o
en su defecto debieron) presentarse clasificadas al igual o
similar al decreto de liquidación del presupuesto municipal
como el decreto de liquidación del presupuesto de la Nación,
para facilitar su registro.
-
que los compromisos, legalmente, adquiridos por
los órganos que componen al Presupuesto General de la Nación,
deberían tener reservas presupuestal (RP) y no pidieron ser
cumplidos dentro del año fiscal que termina y que deberán ser
pagados dentro de la vigencia fiscal siguiente.
-
entonces para tener acceso al desembolso de los
recursos del fondo de ahorros y estabilización petrolera FAEP,
para pago de cualquier pasivo se necesita conocer y acogerse a
lo establecido en la ley 833 de 2000 y la ley 781 de 2001 en
donde se establecen los conceptos y requisitos susceptibles de
pagos con dichos recursos.
Una vez cancelados todas las acreencias de la
Entidad Territorial, si existen remanentes estos pueden ser
utilizados para proyectos de inversión. Claro está previa solicitud
y por ende autorización del Departamento Nacional de Planeación y
la expedición de certificación de recursos disponibles para
inversión. Ahí estaría una clave distinta, luego si existe otra
vía a la 550 (no es la única) para voltear la torta (arepa). No
enfrascarse o encalamucarse en un solo camino. Ver escrito antes
los dos (2) caminos.
Como colofón final siempre debemos obrar como
ciudadanos de pensamiento por el bien común
ALGO
MÁS QUE PALABRAS
PENSAR Y ACTUAR EN OTRAS ALTERNATIVAS
Para esto me permito
plantear lo siguiente:
MUNICIPIOS,
PRIMER GRUPO ECONÓMICO
¿La autonomía municipal
cambiaría el panorama económico y administrativo nacional?, cuando
se pensó en la descentralización administrativa, se creyó que ésta
lograría cambiar el panorama político, social, económico y
administrativo, tal vez pensando en que en cada municipio, región
existían personas capaces para ocupar una alcaldía. No fue ni ha
sido así.
PERCEPCIÓN
ERRADA
Es inconsistente, demasiado elemental y pobre y un poco romántica
la concepción que el ciudadano tiene de su municipio, escenario
mismo del desarrollo de su vida espiritual, material y concreta, de
su autoestima, de su posición ante el estado y de su valoración
política, que va más allá del voto, como sujeto portador de deberes
y derechos. No entiende al ciudadano que su municipio es más
valioso, aun desde e punto de vista, patrimonial y comercialmente
que cualquiera de las grandes empresas del país, lo que no debemos
permitir que nos representen tan, pero, tan mal.
Surge entonces la
apreciación de que la clasificación del sector económico debe
empezar en sentido lógico, por el primero de todos los grupos
económicos: LA DEMOCRACIA LOCAL, el que conforman y todos y cada uno
de los municipios. Si aplicamos el proceso comparativo del municipio
con los otros grupos económicos, con seguridad sorprenderían los
resultados (desde luego que bien administrados) tomando como
parámetros aspectos como el presupuesto, el valor patrimonial de sus
activos.
Difícil es hoy
encontrar en Colombia un municipio con un presupuesto inferior a los
mil millones, o lo que es, al millón de dólares, eso es a los
pequeños porque al de las capitales superan el billón.
Un análisis riguroso
de la economía debería llamar la atención que recursos como la suma
total del impuesto predial representados en los bienes inmuebles
públicos y privados o el de la infraestructura de los servicios
públicos domiciliarios (esto si no se hubiesen entregado tan fácil)
o el valor de sus tarifas llegan a sumas que los analistas no han
considerado en todas sus dimensiones. Esto no parece importarle a
nadie en especial. Razón por la cual es que proponemos como
alternativa de salida a la crisis. Lógicamente sino hubiésemos
entregado el patrimonio municipal que no son solo palabras, es algo
concreto.
OTRA PROPUESTA
EL VALOR DE LAS FACTURAS (FACTORING)
Este procedimiento se recomienda utilizar para obtener flujo de
caja de manera rápida y para el financiamiento bancario, solo para
planes de desarrollo y expansión, esta práctica se viene realizando
en Colombia desde hace varios años, hoy representa aproximadamente
el 1.5% del PIB sin embargo no existía una ley especifica que
regulara esta operación comercial.
Pero, a partir del
pasado 7 de Octubre empezó a regir la ley 1231 la cual establece
reglas de juego claras para este negocio financiero, partiendo del
hecho de que de ahora en adelante toda cuenta de cobro o facturas
por la compraventa de bienes o prestación de servicio se convierten
en un titulo valor. Es decir, se puede negociar con ella.
Como nos lamentamos y
nos da hasta rabia de cómo ha sido tan mal administrado nuestro
municipio, hasta el punto que todo ha sido privatizado, entregado
mas bien a particulares, sin que el municipio conserve unas acciones
o reciba beneficios económicos, sociales y de medio ambiente.
Maldito sea hombre. Y, eso que todavía hay personas, periodistas,
que los defienden y dicen que eso siempre ha sido así, dándoles
patentes de corzo, y lo más triste que piensen que: Esto no lo
cambia nadie. Pregunto: ¿Y entonces para qué está usted como persona
y como ciudadano?
DECRETOS
A LA MEDIDA…… PERO……
El municipio está en
tal grado de ceguera que cree que se están haciendo bien las cosas,
existen mucha permisividad, mucho beneficio a defensores de oficio y
familiares, es una Zaga. Negocio de familia, y a particulares.
Pues, bien, es el
decreto No. 00049 de fecha 14 de Mayo de 2007 por el cual se adoptan
unas disposiciones sobre el espacio publico y el transito municipal
en la cabecera urbana de Sabanalarga Atlántico, en donde se
decretaba, previas consideraciones, fue elaborado, firmado y
expedido más no publicado, es decir, quedo engavetado y no se le dio
aplicación sino fue durante el mes de alcalde encargado del señor
ABRAHAM LLINAS GARCÍA por suspensión disciplinaria de 30 días al
alcalde titular señor JUAN ACUÑA COLPAS, ejecutada por la
Procuraduría.
Eso fue en fecha 16 de
Mayo de 2007. Esto levantó un gran polvorín que nadie se llame a
engaños, pero, por qué no se aplicó y el acuerdo a que se llegó
hasta la presente, teniendo en cuenta el regreso del suspendido, no
se ha cumplido y seguimos en la invasión del espacio público del
centro de la población (plaza central). En la cual la Policía tapona
los días sábados y domingos la boca calle de las entradas y salidas
pero para los vehículos de cuatro llantas y las motos pasan a alta
velocidad sin ningún requerimiento.
El
otro decreto
es el que se expidió para declarar INEXIGIBLE la ley 1066 por la
cual se rebajaba en un 75% de los intereses moratorios en el pago de
impuestos y de paso dejar de favorecer: I) a 23.000 usuarios
(ciudadanos), II) Que el municipio recaudara unos recursos y paliara
un poco la situación de crisis económica tanto en el municipio como
las personas deudoras. Eso hubiere sido pensar en la gente. Pero
esto se aprovechó para así favorecer a particulares al constatar
con una fundación, por $30 millones, de un asesor externo de la
alcaldía y quizás sea la forma de pago, para el cobro del predial y
al liquidar el contrato a fin de año, recibió la suma de más de $78
millones de lo cual ya había girado $30 millones luego el excedente
fue de $48 millones. No dejándole al municipio ningún beneficio en
transferencia de tecnología.
Al final no se cumplió
ni se ha cumplido con los requisitos de la ley 617.
NOTICULAS
-
La Nación le consignó o va girar $5 mil millones
para el alcantarillado de los barrios periféricos de nuestro
municipio. Solo se espera que no sea motivo de uso politiquero.
-
Así mismo, a través del Fondo Nacional de Regalías a
través del departamento del Atlántico aprobó para el municipio de
Sabanalarga la suma de $1.610 millones para la construcción de la
primera etapa del sistema de alcantarillado sanitario en la zona
nororiental que dará solución a la problemática generada por la
carencia de un sistema recolector para los barrios Isabel Cristina,
La Sabana y el Paraíso se beneficiarán 7.843 habitantes.
-
Se rumora, no me crean, o no nos consta como dice
Tola y Maruja que la administración le debe dar a su jefe político
la suma de $7 millones mensualmente. Casi igual a lo que se
comentaba con el Gerente de CEMINSA, en el pasado, porque………
-
El municipio pignoró sobre la tasa a la gasolina por
15 años y al parecer ha recibido más de $18 mil millones, de manera
frecuenciada, y sin embargo no se ve una obra de envergadura. Ni en
las vías porque están tan malas, llenas de huecos, que el vehiculo o
moto para esquivarlos invade el espacio del peatón, aumentando el
riesgo de accidentalidad. Lo que se ejecuta en las vías urbanas y
rurales son convenios con el INVIAS.
DOSSIER
DE UNA FIESTA DE CORRALEJAS
En un Septiembre
festivo, pero a la vez negro, se realizo una fiesta de carraleja
con ocasión de las fiestas patronales (o mejor Matronales) que se
celebra cada año, donde se confunde lo divino con lo mundano, pero
jamás se ve una fiesta de tipo cultural e histórica, en razón, a
que no tenemos nada que mostrar que no sea distinto a la
corrupción creo que ya es hora que vayamos pensando en: el gran
premio al fracaso Administrativo más grande del Departamento en
donde participen los corruptos de peso especifico del país. Lo que
al parecer no es muy difícil de conseguir, puesto, ya tenemos la
cárcel por los de cuello blanco (que hoy parece ser de cuello baute),
en donde vienen jueces y fiscales y funcionarios que tienen o han
tenido problemas en otros lugares a administrar justicia y a
pagar sus penas aquí. Casos concretos existen, ahí esta la
procuraduría Regional y Provincial junto con la personería
Municipal que no se conoce un pronunciamiento en contra de
funcionarios que han hecho hasta para vender, no solo lotes de
terreno y demás bienes e inmuebles públicos causándole un daño
patrimonial al Municipio, por que dichas investigaciones no paran
de indagatoria preliminar, evaluación y otras cosas que terminan
en archivo o preclusión del proceso por vencimiento de
términos.
Es así. Como ocurren a
nivel fiscal, disciplinarios, penal y civil una serie de hechos y
fallos completamente raros, extraños y sui gieneris en donde no
existen culpables ni responsables administrativos y económicos
distintos. Que el municipio que no tiene dolientes ni quien lo
defienda.
En esto último, es el
caso de nuestro titular de este escrito. Veamos.
LA HISTORIA
Cada año se celebra en
Sabanalarga la fiesta de la Virgen de Las Mercedes (La Virgen de
los Presos) durante los días 23,24,25…27 de Septiembre como la
patrona (Patrona dicen muchos) Antes se hacían corralejas en las
calles, parques o lugares públicos, sin pagar, eran gratis y
popular, que así como ha sido de fiesta también tiene sus
puntos negros (no crean que son los de reparcheo). Pues (fue
o ha sido) en este mes y esta fiesta cuando se inauguró el
acueducto con una planta piloto, de tres (3) pozos que producían 376
litros/segundo. 12 trabajadores entre operarios y administrativos
esa es la única empresa que existe actualmente y a la cual le
giran los recursos de la extinta ley 60 y hoy la ley 715 ¿Qué se
hicieron y hacen, vaya usted a saber? Así mismo estas fiestas
tuvieron que sufrir un aplazamiento en sus días en el año
1970 por la muerte de su ilustre hijo el Doctor AVARISTO
SOURDIS, gran patricio Conservador, que según el decir muchos
“Negó su tierra” como dice Tola y Maruja, no nos costa. Ha sido
en estos meses de septiembre, claro de años distintos donde se
han cometido los desafueros, los desfalcos más grandes contra
el Municipio y su patrimonio económico. El último tiene que ver
con la “flamante” conciliación entre el municipio y la Caja Agraria
– ver escrito antes. Negocio del año.
Tiene su razón de ser
en el sentido de confundir y aprovechar la extrema distracción
de su gente pudiente, porque la gente pobre va a rebuscarse o a
aguantar pisones, desprecios y otros vejámenes sociales , que
había sido sometido durante tanto tiempo, por aquellos
doctrinarios liberales y conservadores, que no crearon ni
permitieron el fingimiento de una gran capital humano para
enfrentar los retos de este futuro incierto. No se ha
evaluado el daño causado solo recuerdan y tiene razón, de
ellos obtuvieron todo, pero no lo valoraron ni se capacitaron, es
como el hijo que lo tiene todo pero que no aprende nada o le
pasa como el Alcalde que cuando joven no tuvo novias
y hay quiere tener un harén (3,4) Vale la pena precisar
en esta petit History, que antes tiempo esta fiesta de las
Mercedes coincidía con la realización de la feria de
Exposiciones Agrícola Y Ganadería de Sabanalarga, en donde los
agricultores asistían orgullosos a exhibir, sus productos de
gran tamaño, animales que tenían crías exóticas o exuberantes
(ejemplo, la vez que parió una mula) a conocer las maquinarias y
el ganado lechero, eso era completamente popular, del y para el
pueblo. Hoy es privada y hay que pagar para ver a otro gozar y
beber. Eso es una humillación, una condena.
LA
CONDENA
Fue en una de estas
fiestas de carraleja, realizadas en el Municipio de Sabanalarga,
exactamente, el día 01 de Octubre de 1995 sin exagerar, siendo
la 4:45 PM, (de la tarde) cuando se desplomo una parte del palco
de la controvertida carraleja ocasionando una gran cantidad de
heridos con los asistentes al jolgorio taurino. Lo que se pudo
evitar si se hubiera creado I) junta. Como entidad de derecho
público II) haber ejercido una verdadera autoridad Municipal que
no existió y autoridad departamental haciendo cumplir el código de
policía III) haber atendidos los conceptos técnicos recomendaciones
y condiciones climáticas existentes en el departamento IV)
Haber tenido un estudio actualizado del suelo, y no
seguirse por el del daño 1993 para ampararse en un supuesto
amotinamiento de la comunidad, que tengamos conocimientos nunca
existió. Por esto el municipio y el departamento fueron
condenados jurídica y económicamente sin que ninguna de
las autoridades respectivas y demás personas intervinientes en
el fatídico hecho sean culpable, esto es fueron absueltos de
toda responsabilidad ¿Quién responde? Y todo quedó impune
culpando a los asistentes o perjudicados por la imprudencia y no
por la improvisación y falta de autoridad es decir tras de
corneados apaleados dice el refrán popular.
Aún así el Municipio y el Departamento, debe pagar
la despreciable suma de dos mil quinientos cuarenta y cuatro
millones con trescientos cuarenta y cinco mil pesos m/l
($2.544.345.000.oo) sin hablar de la actualización de los
valores, según lo establece la norma. Se imagina usted.
LA FALTA DE RESPONSABILIDAD
Aquí en el municipio
no interesa el daño causado por cualquier Administración bien sea
malversando los dineros públicos, despidiendo empleados (por
política) haciendo reestructuraciones mal hechas, realizando
concesiones publicas ilegales sin liquidar los Entes o entidades
y sin tener recursos para indemnizar, que carajo importa, que
demanden que cuando esto llegue ya no estoy aquí esa es la gran
falta de pertenencia, la falta de responsabilidad social, lo cual
debemos cobrar los ciudadanos de una manera ética moralmente a los
dirigentes, a esta esquina han llevado estos irresponsables al
Municipio.
Después de esto se pasó
a la privatización porque se vende al espectáculo a unas personas de
afuera a pesar de existir dizque una junta, quienes arreglan con
el alcalde y al municipio no le entra a sus arcas sino es una
pirrica suma, puesto que, nunca se sabe, ni informan, ni rinden
cuenta.
Hubo una vez, en el
periodo 1998-2000, siendo alcalde el Doctor JUAN MANOTAS ROA, un
miserable caso en donde en una fiesta de corralejas, en plena puerta
de entrada, el director de Deportes del Municipio de Sabanalarga Sr.
GUILLERMO MARQUEZ VIZCAÍNO (hoy Jefe de aseguramiento en el Sisben),
después de recaudar el porcentaje de la boletería que le
correspondía al deporte se peleaba con su jefe político Doctor
CARLOS PEÑA TORRES la mochila (Botín) del billete recaudado. Este
fue un hecho publico y actuó como mediador y defensor uno de los
miembros de la Junta de esa época el profesor ROBERTO WILSON MERCADO
(Q.E.P.D).
ÉPOCA DE VOLTERETAS
Dicen que hay muchos
que están que se van y se van… y se van… y se van… y no se han ido.
Aprovechando la reforma
política que entró en vigencia el pasado 14 de Julio, pasa el ARO
saltando sin tocarlo. Buena pirueta que en estos tiempos no solo
son válidas ni tampoco peligrosas sino que han asido
institucionalizadas y sin castigo alguno las volteadas políticas (de
Partido no de equipos). El transfuguismo (proviene de tránsfuga),
que es peor de lo que se decía en el pasado que éramos un país de
cafre, político que está debidamente legalizado en Colombia, sus
alcances están ahí, a la mano, para que los tome de una más entre
tantas oportunidades como las que se han permitido en la
desvencijada, maltratada o envejecida democracia colombiana pueden
perfectamente y sin temor ninguno gozar, aprovechar y hacer uso del
parágrafo transitorio que se le montó a la reforma política ( ¿…? )
En su Artículo Primero (1) para que puedan dar el salto sin
tropiezo. No tienen que renunciar a nada menos a la curul, tampoco
incurrirán en doble militancia y entonces que hacemos con la ley de
bancada, señores de la casa de Nari y señores parlamentarios que
ustedes mismos aprobaron. Todo por un referéndum reeleccionista lo
que prueba que la tal reforma política no es mas que una jugarreta.
Una viveza politiquera. En todo el país se ve los mismos con los
mismos haciendo la misma cosa, si eso aquí, desde antes, era la
ley que se deja ahora que es legal. Algunos han recurrido a sus
cargos en los cuales han sido recomendados desde hace 1 o 2 años
para irse en otro que les ofrecen mas, otros cambios o remiendos
(colcha de retazos) entrarán en vigencia con la reforma política a
la constitución de 1991, tales como: las consultas internas
partidistas (algunos seudo partidos tienen miedo hacerlas por la
garrotera que se puedan llevar y porque puedan perder la porción del
pudín burocrático). La aplicación de la silla vacía. Otro asunto de
maravilla con la modernización sobre todo, en los Moral y lo Ético
de la política tiene que ver con los anticipos para las campañas
políticas. (¿Le exigirán una póliza para el buen manejo de ese
anticipo o anticipado?, que suena parecido, pero, no es igual,
ciertos señores contratistas)
En el nombre de la
bendita democracia se le han hecho tantas piruetas políticas de la
nueva ola, nueva era a la constitución de 1991 lo que evidencia
I) al servicio de quien; II) cuántas se han hecho en con
exactitud en esta época de volteretas políticas.
APUNTES SOBRE EL ACCIDENTE
PENSAR EN LA VIDA
Esto le trae a uno a la
memoria algunos hechos. El día jueves 20 de agosto de 2009 sucedió
en el municipio de Sabanalarga un inverosímil hecho negativo para
todos, pues es un atentado al derecho a la vida lo que se registra a
diario, es ese lugar, esto es a la entrada (o intersección de la
cordialidad con la llamada Avenida Bogotá) de la población dejando
un saldo trágico y luctuoso para las familias afectadas. Ello es
uno de los puntos más agudo que tiene el tráfico sabanalarguero. El
asunto ha llegado a Honduras (no Guatemala) inenarrable en este y
otros sitios. Se violan todas las reglas de transito y como si fuera
poco le agregan una gran dosis de agresividad a las calles el
mototaxismo, quienes andan a altas velocidades y solo colocan el
pito, pero no disminuyen la velocidad, cuando un peatón está a más
de 50 metros para cruzar la acera. Esas tareas para una
administración municipal, más aun, en esta tierruca que siempre está
en una disyuntiva por lo siguiente:
-
Nunca ha existido una real y verdadera Secretaria de
Planeación y de Transito y Transporte, no obstante, de que en la
estructura administrativa figure.
-
Si miramos el ANTES, EL DESPUÉS y el HOY lo
comprenderemos y comprobaremos mejor. Pues, bien, tomando como
referencias: resulta y acontece que en el periodo 1995 – 1997,
siendo Alcalde el Doctor JESUS SARMIENTO CASTAÑO, se propuso como
tarea hacer de la Secretaria de Transporte y Transito Municipal una
Secretaria de 1ra categoría, en la cual se expedirían, licencias,
placas y el cobro de los comparendos, multas e impuestos de
rodamiento, etc. Para esto se dispuso de un proyecto el cual
consistió en: adelantar las acciones y diligencias judiciales en la
ciudad de Bogotá, con el Mintransporte y se contrató al señor ANGEL
AHUMADA por un valor de $5 millones, hasta ahora no se sabe nada.
Así mismo se contrató el suministro de 4 o 5 computadores completos
por un valor cercano a los $20 millones con un señor de apellido
AGUDELO AGUDELO del Valle del Cauca, el cual subcontrató con el
señor JORGE LUIS DUEÑAS MEZA, yerno del Tesorero Municipal en ese
entonces RAFAEL ESTRADA GÓMEZ, de los cual solo habilitaron una
oficina poco apta y con un solo computador funcionando. Total del
balance o evaluación no se logró nada y hoy estamos peor, porque no
es operable ni funcionable esa secretaría.
Sin embargo en el
periodo 1998-2000 siendo alcalde Juan Mañotas Roa, siguió
funcionando dicha secretaría, por fuera del edificio de la
administración donde había sido instalada, más exactamente en la
calle 20 A No. 16-68, frente a la IE Antonio Nariño (Parques de la
Madre). Esto en razón a que fue ahí en donde se tuvo que tratar (no
dilucidar) el choque ocurrido el día 7 de Noviembre de 1998 en la
calle 12 con carrera 18 esquina (ese día se realizaba una pelea de
boxeo en el coliseo de la feria) del vehiculo rojo de placas EUW 557
de Puerto Colombia que le costó al municipio la suma de $40
millones. Este caso se denunció ante la Fiscalía y la Delegada que
le correspondía le dio entierro de pobre con preclusión, no obstante
la apelación que hizo el Procurador Delegado y hasta la presente no
se sabe de una decisión definitiva.
En suma perdió el
municipio, no pasó nada y creo que pagó mas de $60 millones en
parqueadero del vehiculo estrellado, sin recuperar el vehiculo, al
parecer fue negociado como chatarra ¿Quién responde? En ese mismo
periodo (1998-2000) exactamente, en el año 2000 se contrata la
publicidad exterior visual por el sistema de concesión el
amoblamiento urbano en Sabanalarga mediante acuerdo municipal No.
005 de Mayo 19 de 2000, por el cual se autoriza al alcalde y se
dictan otras disposiciones mediante licitación publica No. MUN-SABL-AU-004-2000
de Junio de 2000.
CONCESIÓN DEL AMOBLAMIENTO URBANO DE SABANALARGA
Y OTRAS DISPOSICIONES
En fecha 21 de Junio de
2000 se firma dicho contrato de concesión entre el municipio y la
Unión Temporal Desarrollo Urbano de Colombia por 25 años, , por un
valor de 200 millones para el primer año, incrementándose año por
año. Para esto se compromete el 100% del impuesto de avisos y
tableros y el 25% de Industria y Comercio (según art. 4 del Acuerdo
referido). Esto quedo ahí. Cuyo objeto es el diseño,
construcción, instalación, mantenimiento y explotación del
amoblamiento urbano, según acuerdo 005 de 2000. Pero en el año 2004,
es cuando aparece dizque para seguir ejecutando el contrato, después
de tres años de inactividad o incumplimiento. Está expuesto el
municipio a una demanda millonaria por esta situación, sin que la
administración actual haya adelantado acciones o diligencias
pertinentes. En el año 2004 llegaron a un acuerdo para finalizar la
obra piloto del plan vial de acuerdo a las formulaciones y
requerimientos establecidos con el instituto de deporte, transito y
espacio publico. Otro hecho que permite sacar a flote
es lo siguiente: En el mes de Diciembre de 2005 se firma convenio
entre el Municipio de Sabanalarga y el Instituto Departamental de
Transporte y Transito del Atlántico de acuerdo al nuevo código de
transito, ley 769 de 2002, en la cual se estatuye que: se reconoce
al aumento de manera progresiva el tráfico de vehículo por las
carreteras del departamento por razones económicas, que esto ha
generado problemas de transito vehicular y peatonal convirtiéndose
en factor de alto riesgo, la actividad de transito debido al alto
índice de accidentalidad que dentro de la población mas afectada por
los siniestros se encuentran los menores de edad, personas mayores,
especialmente en los municipios que no cuentan con una adecuada
regulación del transito (Secretaria de primera bien organizada) que
prácticamente no existe que dentro del plan departamental de
seguridad y cultura vial vigencia 2005 está la de implementar
estrategias para evitar la accidentalidad ¿en qué está hoy con este
suceso que se comenta?.
El objetivo de ese
convenio es el de que los municipios del Departamento de Atlántico
hagan realidad la descentralización administrativa en materia de
transito y transporte y ejerzan jurisdicción dentro de su territorio
en lo que respecta con la infracción, con el código Nacional de
Transito y la ejecución de las sanciones, multas a través de
comparendos distribuidos así 45% para el municipio y 45% para la
Policía de de Carreteras y el 10% para la Federación Colombiana de
Municipios. El IDTTA, está obligado a ejecutar obras civiles, como
paradero, puentes peatonales, parques didácticos de transito, etc.
Esto junto con el amoblamiento urbano sería un gran logro. Pero
hasta ahora no se le ha dado cumplimiento ni por el Municipio ni por
parte de la Gobernación, mientras tanto el pueblo pone los muertos.
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