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Cachaco o Costeño pero que sirva
Por David Cujiño Peláez
Concejal de Sabanalarga

Sabanalarga está en la mira de la Dirección de Apoyo  Fiscal, que tan conveniente sería una intervención financiera.
El puesto ocupado en el ranking de desempeño fiscal 1033, y el hecho de haber sobrepasado los límites permitidos por la Ley 617 de 2000, con un indicador financiero del  87.25 por ciento, han colocado a la administración del alcalde Carlos Roca Roa en el ojo del huracán, y a Sabanalarga como noticia nacional por el mal manejo que se le viene dando a los recursos que transfiere la nación, a través del Sistema General de Participaciones S.G.P. y los ingresos propios del municipio.

Me voy a permitir hacer algunas observaciones dada la importancia que reviste el tema y en otras realizare una explicación con respecto a los indicadores que se utilizan para determinar las famosas cifras que en estos días nos ocupan, así mismo debo manifestar que la información aquí consignada tiene como fuente las cifras reveladas por el Departamento Nacional de Planeación DNP y la Secretaria de Planeación Departamental en su Informe de  Viabilidad Financiera de los Municipios 2008.

Las cifras hablan por sí solas (ver recuadro), en el año 2008 la administración se desbordo con respecto al gasto público, es decir gasto más del 80 por ciento de los ingresos corrientes de libre destinación en gastos de funcionamiento. Adicionalmente a ello la Dirección de Planeación Nacional y la Secretaria de Planeación Departamental al evaluar los seis indicadores financieros para el cálculo del desempeño en el ranking fiscal observaron lo siguiente:

1.  Capacidad de autofinanciamiento del funcionamiento:

 Gasto de funcionamiento / ingresos corrientes de libre destinación

 Mide la capacidad de la entidad territorial para cubrir el gasto de funcionamiento de la administración central con sus rentas de libre destinación, de acuerdo con los límites al gasto señalados en la ley 617/00.

Así mismo es una medida de solvencia y sostenibilidad de su gasto de funcionamiento

 El indicador fue del 87.25%, lo que refleja que el municipio sobrepaso los limites de 617 en 7.25% aproximadamente. 

2.   Respaldo de la deuda:

 Saldo de deuda total / Ingresos totales

 Mide la capacidad de la entidad territorial para respaldar su endeudamiento con los ingresos que recibe

Permite determinar si la deuda total supera o no la capacidad de pago de la entidad y si compromete o no su liquidez en el pago de otros gastos, tal y como lo señala la ley 358 de 1997.

 

En este caso sabemos que el municipio de Sabanalarga tiene una deuda que supera como el doble de lo que recibe de ingresos, sin embargo es bueno aclarar que este indicador no se pudo calcular según la Secretaria de Planeación Departamental porque el municipio no reporto deuda alguna.

3.      Dependencia de las transferencias

 Transferencias recibidas de la Nación por SGP / Ingresos totales

 Mide si las transferencias nacionales son o no los recursos fundamentales para financiar el desarrollo territorial.

No incluye los recursos de regalías ni de cofinanciación

 El indicador en este caso fue del 80.09%, lo que representa que el municipio tiene poca autonomía financiera, máxime cuando los recursos a invertir provenientes de estas fuentes tienen la mayor parte de destinación especifica, de igual forma estas representan 99.33% de los ingresos no tributarios.

 4.        Importancia de los recursos propios:

 Ingresos tributarios / Ingresos totales

 Es una medida del esfuerzo fiscal que hacen las administraciones para financiar su desarrollo con sus recursos propios

Relaciona la capacidad de los entes territoriales de garantizar recursos complementarios a las transferencias

 El indicador en al año 2008 fue del 14.24%, lo anterior demuestra un bajo esfuerzo para generar un mayor volumen de ingresos propios, como fuente primaria de recursos para atender los gastos de funcionamiento de la misma administración.

 5.    Magnitud de la inversión

 Gasto total en inversión / Gastos totales

 Cuantifica la magnitud de la inversión que ejecuta la entidad territorial, respecto del gasto total.

Por inversión se entiende los gastos destinados a incrementar, mantener o mejorar las existencias de capital físico, así como el gasto destinado a incrementar, mantener o recuperar la capacidad del recurso humano vinculado a la atención de sectores sociales (inversión social).

 El valor de este indicador fue del 83.33%, lo que significa que los gastos de inversión representan el 83.33% de los gastos totales del municipio, siendo la mayor fuente de financiación los recursos del SGP y de cofinanciación.

 6.Capacidad de ahorro

 Ahorro corriente / Ingresos corrientes

 Es un indicador de solvencia financiera que permite medir el balance entre el ingreso y el gasto corriente.

Permite determinar el grado en el cual se liberan excedentes  para financiar la inversión, luego de cubrir el funcionamiento, el pago de intereses de deuda y las erogaciones de las reestructuraciones del funcionamiento, pasivos y créditos.

 El indicador fue del 22.72%, cifra que no representa un valor significativo para el sostenimiento de la deuda, para financiar inversión, ni para erogaciones de reestructuración administrativa, ni financiera.

Lo anteriormente expuesto demuestra claramente, que no es cierto lo manifestado por la administración municipal, en el sentido de cargarle toda la responsabilidad a las anteriores administraciones, puesto que de los seis indicadores, solo uno hace referencia a la deuda del municipio, los demás indicadores tienen que ver única y exclusivamente con el desempeño fiscal desarrollado por la actual administración en el año 2008.

Ahora, como lo manifesté en mi intervención en el Concejo de Sabanalarga, hablar de las pasadas administraciones, no es óbice para no tener un buen desempeño fiscal y la prueba de ello es que la anterior administración realizo bien la tarea. Según las mismas cifras del DNP, en el año 2007, el Indicador de Desempeño Fiscal en el municipio de Sabanalarga fue del 63.53, colocándose en la franja de desempeño fiscal medio; el lugar obtenido en el país fue el 474 y en el departamento el puesto ocupado fue el octavo; frente a las cifras del año 2008 vemos un bajonazo alarmante, el indicador de desempeño fiscal fue de 42.20 cayendo a un desempeño fiscal bajo con 21.33 puntos menos; en cuanto al puesto ocupado a nivel nacional descendimos al puesto 1033 es decir retrocedimos 559 puestos y a nivel departamental la cifra es más alarmante al caer al último puesto. El cuanto al indicador de Ley 617 de 2000, es decir la relación entre los ingresos corrientes de libre destinación y los gastos de funcionamiento, el panorama es menos alentador no solo por sobre pasar el techo del 80% que exige la Ley, sino también por el hecho de haber incrementado los gastos de funcionamiento en un 71.44%, ya que en el año 2008 este indicador fue del 87.25%, mientras que en el año inmediatamente anterior fue del 50.89%.

Si la administración municipal no realiza desde ya la tarea de manera juiciosa seguramente tendremos una intervención financiera en el municipio con las correspondientes consecuencias que esto amerita, sin embargo con el fin de aportar a la causa expondré algunas de las recomendaciones que a mi juicio deben realizarse en el corto, mediano y largo y plazo, para que la gestión se traduzca en una inversión productiva social y económica, y se cumplan con los requisitos exigidos por la Ley 617 de 2000:

·Gestión Tributaria para la generación de ingresos propios que permitan la autosostenibilidad del municipio.

·Fortalecer la oficina jurídica con el fin de enfrentar las arremetidas de embargos que mantienen asfixiados a las finanzas públicas, realizando un seguimiento y defensa a los procesos judiciales.

·Racionalizar el gasto a su máxima expresión, con el fin orientar esfuerzos de fortalecimiento que permitan acceder a recursos adicionales por esfuerzos fiscales y administrativos.

·Adelantar las gestiones con el fin de que se levante el fuero sindical a los cincuenta (50) trabajadores que en estos momentos gozan de él y se encuentran en una nomina transitoria por ese hecho. De esta manera el municipio respiraría al deslindarse de una carga laboral tan fuerte.

·Fortalecer la oficina de recaudo de impuestos, implementado un software que fiscalice liquide y cobre lo justo, al tiempo que no permita la negociación por fuera del sistema de los impuestos municipales.

·Fortalecer la oficina de Control Interno y Control Disciplinario de manera que se establezca un programa para hacerle seguimiento a los funcionarios que manejen los recursos de impuestos.

·Crear un programa dirigido a la comunidad de concientización  y cultura de pago de los impuestos municipales.

·Aplicar normas de disciplina fiscal y presupuestal adoptando herramientas de planeación financiera, con el fin de eliminar el riesgo de adelantar compromisos sin respaldo en caja.

·Implementar un programa de recuperación de cartera en los términos de la Ley 1066 de 2006, que incluya el cobro persuasivo por encima del coactivo; es mejor invitar y convencer a pagar, que obligar.

·Y por último y considero la más importante de las recomendaciones aprovechar las facultades que le otorgo el concejo de Sabanalarga para adelantar un proceso de Ley 550 y comenzar de manera inmediata el proceso de reestructuración de pasivos y no esperar que se le venzan dichas facultades.

No quisiera terminar mi escrito sin explicar el porqué del titular. Con todo lo expuesto no creen ustedes amigos sabanalargueros que la intervención financiera planteada recientemente por la doctora Ana Lucia Villa directora de la Dirección de Apoyo Fiscal –DAF del Ministerio de Hacienda en los términos del decreto 028 de 2008, de continuar la misma situación en nuestro municipio, es mejor que vernos forzados a fusionarnos o anexarnos a otro municipio, que en nuestro caso entiendo seria a Baranoa. Finalmente el decreto es claro y lo que pretende es garantizarle a la población los servicios de salud, educación, agua potable, saneamiento básico y propósito general, que es cultura, deporte y recreación. La intervención lo que busca es quitarle el manejo de los recursos por concepto del Sistema General de Participaciones al alcalde que no sepa administrarlos bien, una vez se normalice la situación y se cumpla con lo exigido en la Ley se retorna a la normalidad. Es Obvio que desde el punto de vista político esta situación no le es conveniente a mandatario alguno, pero al pueblo poco o nada le debe interesar esta situación, si a cambio se va tener un buen servicio de salud, si el acceso a la educación se garantiza a todos sus habitantes, se cuenten con unos excelentes servicios públicos y la calidad de vida de todo el conglomerado mejore. Señor alcalde si no se hace bien la tarea nos rajamos, y seguramente dentro de poco veremos cómo ordenador del gasto en Sabanalarga a un interventor rolo, nombrado desde la fría capital.

Como última reflexión quisiera decirles algo, ¿que sería  mejor?  Un ordenador del gasto cachaco, lo que no difiere mucho del actual, pero que maneje bien los recursos y garantice seguir siendo el municipio de Sabanalarga ó por el contrario seguir en las que estamos con la posibilidad de perder la vida institucional como municipio. Aquí cobra vigencia un escrito que el actual burgomaestre en sus años de columnista en un Periódico de circulación local titulo “CACHACO O COSTEÑO PERO QUE SIRVA”…          

 

DESEMPEÑO FISCAL

 AÑOS

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

Indicador del Desempeño Fiscal

55,4

51,6

24,28

57,56

53,75

59,67

63,53

42,2

Lugar en el País

382

838

1069

490

872

502

474

1033

Lugar en el Departamento

5

13

23

5

8

8

8

23

 

INDICADOR DE LEY 617 DE 2000

AÑOS 

2005

2006

2007

2008

RELACION ICLD/GF

77,76

74,86

50,89

87,25

 

 

 



 


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Fecha de actualización   jueves enero 05, 2017 20:47

 

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