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Ojo a la aguja
La otra cara de la salud o la real situación
Por Ismael Álvarez
Partiendo de que la Ley 100 de 1993 regula el Sistema General de Seguridad Social en Colombia modificada por la ley 1122 de 9 Enero de 2007, así como la ley 152 de 1994 ordena la formulación de Planes de Desarrollo para los Municipios, que incluye al sector salud.

Se desconoce si existe el plan local de salud en el Municipio de Sabanalarga desde el año 2008.

No obstante haber sido escrito en su Programa de Gobierno. Al igual que se prometió el Programa de Salud Médico en Casa, con la asistencia de la ESE Ceminsa y el Hospital Dptal. de Sabanalarga, Atlco. Hasta ahora no se ha cumplido al igual que otros aspectos del Programa de Gobierno y del Plan de Desarrollo ni de los procesos de campaña. No existe una evaluación ni un cronograma para su realización.

Sin embargo hacen tremenda alharaca (cual gallina al poner un huevito) con la puesta en marcha de las líneas, en los puestos de salud de Ceminsa, para solicitar y apartar citas, lo que está bien, pero, no se atiende bien con la presencia física, imagínese usted a través del teléfono.

Al igual que se hace alarde, un gran despliegue, por los supuestos resultados positivos logrados con la evaluación realizada y la condonación (óigase bien condonación de recursos del empréstito por el convenio 0388 de 2004)  para esa vigencia, al cumplir con los indicadores de 2008. A todo esto debo precisar lo siguiente: El convenio 0388 de 2004 es por un valor de $ 4.595 millones con 10 años de duración, debe cumplir con 5 metas, que son: Ajuste en la planta de personal, servicios personales indirectos, producción, equilibrio operacional corriente de recaudo y de reconocimiento.

Si no cumple con dicho convenio, esto es, con las metas propuestas debe cancelar el monto del empréstito en 10 años y paga el año que no alzó las metas, así: una cuota de $ 459.500.000 por año, descontado del Sistema General de Participación – SGP.

Antes de entrar a hablar de resultados debemos precisar que:

Téngase en cuenta que en Enero 18 de 2006 mediante Decreto Nº. 000121 crea el Fondo de Pasivo de la Dirección Local de Salud DIRSALUD al ser declarada desaparecida, cuya existencia transcurrió desde 1998 hasta Enero (17) de 2006, esto es, la cual se debatió con un alto déficit en sus finanzas.

En el mes de Diciembre de 2008 la ESE Ceminsa no conocía la evaluación realizada. Seguro, si es, que recursos que no fueron devueltos de la evaluación referida (según certificación del Jefe de Presupuesto de la ESE Ceminsa.

Queda la duda si al pasar de DIRSALUD a otra vez al Antigua Secretaria de Salud no se pierde la certificación que ostentaba desde 1998.

En el año 2008 se detecta inconsistencia en la base de Datos y por ende un mal manejo en los recursos del Sistema General de Participación – SGP (Ley 715) de la vigencia 2006 y 2007 así: en la Base de Datos del Municipio  existe una inconsistencia en 13.297 afiliados que no fueron depurados por lo que se represaron (perdieron) $ 3.2752 millones provenientes del FOSYGA debido a que la UPC en el 2007 era de $ 247 Mil y hasta Diciembre de 2008 no ha sido resuelta esta situación.

Valga decir que en fecha 5 de Agosto del 2002 se detectaron multiafiliaciones de Régimen Subsidiado por un número de 8.384 afiliados ficticios, a $ 155.520 la UPC. Usted haga el favor y tire lápiz.

Así lo demuestran los diferentes oficios – Correo certificado del mes de Agosto de 2008 sobre la responsabilidad a la que deben responder por acciones y omisiones que impiden el acceso a la población por mala prestación, al no reunir los requisitos exigidos, y por ende no manejar bien los recursos. De lo cual en el Municipio se asignaron y los cupos realmente contratados son los siguientes:

Cupos   Asignados

SGP  – 1.888      FOSYGA  –  990.

Cupos Contratados

M/pio – 1.378   FOSYGA  –  0.

 

UNA MIRADA AL CONVENIO

La ESE Ceminsa forma parte del convenio de desempeño con IPS para la ejecución del Programa de Reorganización, rediseño y modernización con IPS Nº. 0388 de Diciembre de 2004, protocolizado por el Min – Protección Social, Dpto. del Atlco, el municipio de Sabanalarga y la ESE Ceminsa. Esta ESE pago servicios personales inherentes a la nómina y pagó las contribuciones legales destinadas a Entidades como: SENA, ICBF, Combarranquilla, Empresas Promotores de Salud (EPS) fondos Privados de Pensiones y Cesantías y Administradora de Riesgos Profesionales – ARP  correspondiente a los años 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005 los que se encontraban en mora, durante los 6 años referidos. Para los años 2006 y 2007 se solicito un nuevo acuerdo con fundamento en la ley 1066 de 2006 para el pago de parafiscales y aportes en salud y pensión SENA, ICBF, Combarranquilla y el pago de los sueldos y demás factores salariales legalmente establecidas en el presupuesto y la nómina con vigencia fiscal 2006 y 2007, a pesar de haberse cumplido con el pago de los 5 años en mora y querer darle cumplimiento al convenio 0388 de 2004, según la cláusula 3ª, ítem 30.

La cual la hace responder fiscal, disciplinaria y penalmente por el no cumplimiento de las obligaciones establecidas en el referido convenio.

En conclusión existe: No pago de aportes en salud y pensión de los años 2006 y 2007.

No pagos de los recursos de carácter parafiscal de los años 2006 y 2007.

No se dice nada del pago de acreencias laborales, de vigencias anteriores, entre estas las CTA Progresar y Opción Futuro.

Reconoce el pago de parafiscales, salud y pensión de los años 2008 y quizás del 2009 del personal de nómina y de personas naturales y jurídicas sin cancelar vigencias anteriores, así lo manifestó el fondo de Pensiones Porvenir, por el incumplimiento de la obligación, del cual exige su cumplimiento.

También aparece oficio de un Juzgado con el Nº. 0834 de 8 de Mayo de 2009 en el cual se ordena el embargo y secuestro de la tercera parte de los dineros que reciba la ESE Ceminsa del Municipio de Sabanalarga por concepto de servicios prestados. De lo que hizo caso omiso la Tesorería Municipal. Fraude a resolución judicial.

Continuando con la otra cara de la salud tenemos: En fecha 5 de Agosto de 2009 se hace Evaluación de la Capacidad de Gestión en la Secretaria de Salud, como Municipio Descentralizado, para la vigencia de 2008, evaluación realizada por la Secretaria de Salud Dptal., la cual deja serias dudas, si bien, se alcanzó un puntaje mínimo de 80 puntos para que sea satisfactoria su gestión, lo que a nuestro juicio fue ayudado según los resultados de la evaluación. Sino fuese por la ayuda al manejo de la salud hubiese pasado a manos del Dpto. vemos algunos aspectos: esta evaluación tiene una metodología definida por el Min – Protección Social por áreas:

Área de Dirección de Salud:  Presenta Decretos 0008 y 011 de Enero 17 de 2006 para modificar la estructura Administrativa del Municipio. Presenta 5 Decretos de Encargos y nombramiento de la Secretaría de Salud Municipal.

Área de Manejo Financiero: No se encuentra identificación de los ingresos y gastos en lo que corresponde a otros gastos de salud, esto según la Resolución 3042 de 2007.

Al igual que en la ejecución presupuestal (por parte del Alcalde) no se evidencia el rubro de otros gastos en salud. Tampoco el Municipio ha registrado ante el Min – Protección Social las cuentas Maestras de prestación de servicios y Salud Pública. El Municipio no maneja las cuentas bancarias correspondientes a otros gastos en Salud (funcionamiento e Inversión), según la Resolución referida.

Se constata que los giros de los recursos son oportunos excepto los de las cuentas OTROS GASTOS en Salud que no existen. Se da un giro directo por medio de la Resolución Nº. 002530 de 2006 como una manera de garantizar que el Municipio pueda superar la parálisis financiera que le impide cumplir las Obligaciones de la Ley 715 de 2001.

El Municipio no pudo depurar en el 100% la base de datos, solo obtuvo un 88.7% en el año 2008.

Se pudo verificar que los contratos que terminaron el 31 de Mayo de 2008 fueron liquidados, pero, no presentan paz y salvo. No existe interventoria a estos contratos ni seguimiento a las fallas encontradas y pedidas por las EPS.

Área de Seguimiento y Evaluación al Plan de Salud Territorial: Está debidamente aprobado y existe coherencia entre diagnostico y objetivo, metas y recursos.

Área de Prestación de Servicios: Entre otros tenemos que no existen informes de Auditoría de cuentas a la facturación, tampoco se sabe quien las realiza, por prestación de servicios de salud, contratados con las ESES, que no permiten establecer si los servicios prestados son de manera permanentes (que sean continuos y eficaces) ni evaluados la adecuada ejecución de los recursos y no hace análisis de los contenidos de los RIPS, dicen que están en funcionamiento.

Esa es a grosso modo la evaluación realizada en el 2008 (5 de Agosto de 2009) y en donde se resalta algunos ítems en los cuales falla la Administración y que son determinantes, para el buen funcionamiento. Se destacan la formulación, seguimiento y evaluación al Plan de Salud Municipal, es lo más rescatable, porque, en manejo de los recursos que es el problema álgido está mal. No existen cuentas.

Aún así, anuncian y propagan con bombos y platillos en la prensa hablada y escrita de que la salud paso el examen ante Min – Protección Social y que la ESE Ceminsa obtuvo la mayor calificación y por ende la condonación (¿de qué?) para esa vigencia. Nótese que ya lo dijimos antes la condonación de los años 2006 y 2007 del empréstito. De acuerdo a esto como quedan, entonces, lo adeudado por la ESE Ceminsa a los trabajadores que laboraron con la Cooperativa de Trabajo Asociado – CTA Progresar y la CTA Opción Futuro durante los años 2006, 2007 y 2008.

Pero no se dice nada de la pérdida (atraco) de los $ 40 millones, de los 5 o más cheques perdidos durante la existencia de la Dirección Local de Salud – DLS – especialmente en los años 2002, 2003, 2004, 2005. Tampoco se dice del cobro coactivo (ley 1066/2006) de más de $ 500 millones a las EPS.- Ver lo no pagado arriba.

¿Si será correcto que los evaluadores están facultados para hacer condonación de deudas en la Administración Pública?. Hágalo conocer para ver quien responde. ¿A caso no es la obligación de todo servidor público de manejar bien las finanzas y la prestación de servicios?

La ESE Ceminsa ofrece en su portafolio de servicios una Unidad Odontológica en todos y cada uno de los corregimientos, lo que es una verdad a medias, y que estas así son mentiras totales, puesto que solo existen 1 ó 2 de los corregimientos.

Se los dejo ahí, hasta la próxima información más detallada.

 

 

 

 



 


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Fecha de actualización   jueves enero 05, 2017 20:47

 

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